La sentencia, tramitada por la Asociación del Defensor del Paciente, establece que la demandante sufrió quemaduras en ambas extremidades inferiores tras someterse a tratamiento con una máquina de fotodepilación de luz pulsada, que el propio perito de la parte demandada admite que esta "puede provocar quemaduras" si se usa incorrectamente.
Al no quedar acreditado el mal funcionamiento de la máquina ese día y los sucesivos, "ha de concluirse que la oportunidad de administrar el tratamiento o la forma en que se hizo infringieron los elementales deberes de cuidado en el manejo de una técnica susceptible de causar daños, máxime cuando se utiliza por personas sin cualificación sanitaria", como es el caso presente, asegura el escrito.
Tratamiento por depresión
Según ha explicado el Defensor del Paciente, la joven que sufrió las quemaduras acudió a las sesiones de fotodepilación, donde empezó a sufrir dolor y escozor. A pesar de advertírselo a la responsable estética en varias ocasiones, la condenada no lo tuvo en cuenta y siguió aplicándole la terapia.
Está en tratamiento desde marzo de 2010Tras estas sesiones, la afectada tuvo que acudir al Servicio de Urgencias del Hospital Gregorio Marañón, por tenerampollas y lesiones que le imposibilitaban andar, con diagnóstico de quemaduras de primer y segundo grado en ambas piernas. Desde entonces, la afectada padece uncuadro ansioso-depresivo que requiere tratamiento farmacológico psiquiátrico, con un trastorno adaptativo del que está en tratamiento desde marzo de 2010.
Por todo ello, se condena a la peluquera al abono la indemnización correspondiente.
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